martes, 21 de mayo de 2013

PROPIEDAD INTELECTUAL


DERECHOS DE AUTOR Y PIRATERÍA

El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y morales que se les brinda a los autores por la creación de una obra literaria, musical, artística, científica, etc.
Las obras pasan a dominio publico después de que los derechos expiren, esto sucede después de que hayan transcurrido 20 años como mínimo después de la muerte del autor.
Podemos observar muy comúnmente esto con los grupos musicales, ellos prefieren cantar canciones por las cuales ya no tienen que pagar al autor por el uso de la letra de la canción.


La piratería es la reproducción y distribución de copias de obras protegidas por los derechos de autor con un fin de lucro.


PROPIEDAD INDUSTRIAL


PATENTES Y MARCAS

La marca es una palabra, frase, imagen o símbolo que ayuda a identificar a un producto o servicio de todos los demás y se debe de registrar ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para obtener el derecho exclusivo de su utilización.

La patente es el registro de una invención humana que trasforme la materia o la energía para el aprovechamiento del hombre, toda creación tiene requisitos para que este pueda ser patentado, que sea nueva y que resultado de una actividad inventiva; el registro se lleva a cabo en el IMPI.

miércoles, 15 de mayo de 2013

CONCURSOS MERCANTILES


CONCURSOS MERCANTILES

Es una figura jurídica para hacer frente a situaciones de crisis; pueden acceder al concurso las empresas que tengan vencidas el 35% de sus obligaciones o que con sus activos no puedan pagar 80% de sus deudas.

El concurso mercantil consta de dos etapas, la conciliación y la quiebra.

La conciliación es un convenio entre la empresa y sus acreedores, el cual puede contemplar una reestructura administrativa o financiera.

De no conseguirse el convenio se declarara la quiebra de la empresa, procediendo a vender los activos de la empresa.

En estas subastas de activos, las cosas pueden ser vendidas a una cantidad muy por debajo de su costo original.




ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN


ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN

En el contrato de asociación en participación existen dos partes, una denominada asociado, la que otorga bienes, servicios o dinero a la otra parte, el asociante, la persona física o moral que se encargara de la creación del negocio mercantil, objeto del contrato.

El contrato de asociación en participación crea derechos y obligaciones para ambas partes, dependiendo de que papel jueguen, asociado o asociante.

La asociación en participación no tiene personalidad jurídica ni razón social.

El contrato de asociación de participación debe de estar por escrito y no esta sujeto a registro.

martes, 14 de mayo de 2013

CONTRATOS MERCANTILES


CONTRATOS MERCANTILES

Los contratos son un acuerdo de voluntades entre 2 o mas personas, su característica es la bilateralidad ya que de este emanan derechos y obligaciones recíprocos.
El contrato mercantil es realizado por un comerciante.
Tipos de contratos:

Contrato de seguro: En este contrato una de las partes, el asegurador, se obliga a resarcir un daño o pagar dinero a la otra parte, el tomador, a cambio de un precio, llamada prima.

Contrato de fideicomiso: En este contrato una persona tiene un bien y pide a una empresa que realice un fin especifico con este; lo conforman tres partes y son:
Fideicomitente: es el que contrata a la empresa y dueño de los bienes.
Fiduciario: se encarga de administrar el bien recibido.
Fideicomisario: es el beneficiario.

Contrato de arrendamiento financiero: en este contrato el arrendador traspasa los derechos de usar un bien al arrendatario a cambio de rentas y al finalizar el plazo el arrendatario tiene la posibilidad de comprar el bien arrendado.

Contrato de factoraje: en este contrato un comerciante cede una factura de un crédito a una empresa de factoraje y esta le pague el dinero del crédito anticipadamente, menos una comisión o interés por tomar la factura.

OPERACIONES DE CRÉDITO


OPERACIONES DE CRÉDITO

Las operaciones de crédito son transacciones financieras que efectúan las entidades y consiste en recibir o prestar dinero. Estas son operaciones muy comunes en las entidades financieras y regularmente es por medio de tarjetas de crédito, créditos, prestamos, etc.

Existen operaciones de dos tipos:

Operaciones de crédito activas: es cuando la entidad financiera otorga un préstamo a sus clientes y obtiene un interés a cambio del préstamo.

Operaciones de crédito pasivas: en esta operación es el cliente el que hace un presta dinero a la entidad financiera recibiendo también un interés a cambio.

lunes, 13 de mayo de 2013

TÍTULOS DE CRÉDITO


TÍTULOS DE CRÉDITO

Pagaré:
El pagare cuenta con dos figuras, una de ellas es el suscriptor, la persona que se obliga a pagar, y el beneficiario, el cual va a recibir dicho pago.
Las características del pagare son:
  • Debe de tener la mención de pagare en el texto.
  • El nombre de la persona a quien se le dará el pago.
  • La cantidad a pagar.
  • Fecha y lugar de pago.
  • Firma del suscriptor.



Cheque:
Es el titulo de crédito donde el librador ordena a una Institución de crédito el pago de una suma de dinero a favor de una tercera persona llamada beneficiario.
Sus características son:
  • La mención de ser cheque.
  • El lugar y la fecha en que se expide.
  • Orden de pago de una suma determinada.
  • El nombre del librado.
  • La firma del librador.
  • Lugar de pago.
  • Nombre del banco.





FUSIÓN, TRANSFORMACIÓN, ESCISIÓN 
Y EXTINCIÓN DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL.

Fusión:
Existen dos tipos de fusión de sociedades:
  • la primera es cuando dos o mas sociedades mercantiles se unen y se crea una nueva.
  • la segunda es cuando una sociedad mercantil se integra a otra, desapareciendo la misma.
Transformación:
Aquí solo se va a dar un cambio en la Sociedad Mercantil y puede ser en:
  • Nombre
  • Capital social
  • Objeto social
  • Número de socios
Escisión:
La escisión es lo contrario a la fusión, aquí es cuando una Sociedad Mercantil decide dividirse, creando nuevas sociedades mercantiles.

Extinción:
La extinción es cuando la Sociedad Mercantil concluye sus operaciones y esta desaparece.




domingo, 12 de mayo de 2013



SOCIEDADES MERCANTILES

Las sociedades mercantiles están formadas por personas físicas con intereses comunes para crear una entidad lucrativa; en la actualidad solo se utilizan tres tipos de sociedades y son las siguientes: Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Sociedad Cooperativa.

Sociedad Anónima:
Este tipo de sociedad se crea con un capital mínimo de $50,000 y un mínimo de dos socios, su objeto social debe estar determinado en el acta constitutiva, también la actividad a realizar y la duración de esta puede estar determinado o indeterminado.

Sociedad de Responsabilidad Limitada:
Esta sociedad se crea con un capital que debe de estar estipulado en el acta constitutiva, esta formada por no mas de 50 socios y en caso de extinción de la sociedad de acuerdo a los porcentajes de las partes sociales con que se constituyo la sociedad, cada socio deberá de responder por el porcentaje que aporto.

Sociedad Cooperativa:
La sociedad se crea con un capital que debe de estar estipulado en el acta constitutiva, un mínimo de cinco socios, es creada para satisfacer necesidades individuales como colectivas a través de realizar actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.